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Oficina de Rehabilitación en Villa Dolores

El objetivo de esta oficina es reacondicionar viviendas, mediante por ejemplo, préstamos, subsidios, para mejorar la calidad de vida de los habitantes.

La Intendencia de Montevideo en acuerdo con el Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y la Junta de Andalucía pondrán en funcionamiento una nueva Oficina de Rehabilitación de Viviendas en el barrio Villa Dolores. El cometido de la Oficina de Rehabilitación en Villa Dolores será preservar el estoc edilicio y evitar el deterioro del mismo, posibilitando restaurar, rehabilitar y reformar viviendas mediante el otorgamiento de préstamos, subsidios y asistencia técnica, de modo de mejorar la calidad de vida de sus habitantes y lograr su permanencia en el barrio.

Podrán ser beneficiarios de los préstamos los propietarios, usufructuarios, promitentes compradores, arrendatarios y poseedores de derechos sucesorios de inmuebles con fines de vivienda, cuyos ingresos familiares no sean inferiores a 30 Unidades Reajustables (UR) ni superen las 100 Unidades Reajustables (UR) mensuales y que estén al día con todos los tributos municipales. Las viviendas deben estar ubicadas en la zona delimitada por las calles: Avda. Gral. Fructuoso Rivera, Avda. Dr. Soca, Gral. Brito del Pino, Avda. Cataluña, Avda. Ramón Anador, Avda. Luis. A. De Herrera, Demóstenes, Estivao, Presidente Oribe, Bvar. José Batlle y Ordóñez.
Los préstamos a otorgar serán por un monto máximo de $ 95.000 (noventa y cinco mil pesos).

También podrán ser beneficiarios de préstamos los copropietarios de propiedades horizontales  en cuyo caso se otorgará una suma de hasta $ 550.000 (quinientos cincuenta mil pesos), no pudiendo superar los $ 74.000 por unidad de vivienda del edificio. Para solicitar el préstamo deben contar con la voluntad de las mayorías requeridas por la Ley. El promedio de los ingresos de los copropietarios también deberá ubicarse entre las 30 y las 100 UR por núcleo familiar y por lo menos el 75% de los copropietarios deberán estar al día con todos los tributos municipales.

Tanto sea en propiedades individuales como horizontales, los préstamos se documentarán mediante un convenio entre la Intendencia y el solicitante debiendo amortizarse en moneda nacional, en un máximo de 60 cuotas mensuales y consecutivas reajustables cada 4 meses por IPC pagaderas a partir de los 30 días de recibido el préstamo por parte del beneficiario. El atraso generará un interés por mora del 1% mensual capitalizable. Se conformará un Fondo Rotatorio con la devolución de los préstamos el cual se destinará a continuar financiando el Programa.

Las obras se ajustarán a la memoria que oportunamente acuerden los solicitantes y los técnicos designados. En las viviendas de propiedad individual, podrán consistir entre otras en: reforma de baños y cocinas, impermeabilizaciones, reparación de humedades, reparación o sustitución de pisos, revoques o pinturas, pequeños trabajos de recuperación y/o consolidación estructural, rehabilitación de fachadas. En el caso de las propiedades horizontales, el destino del préstamo será la mejora y reparación de áreas comunes: fachadas, corredores, cajas de escaleras, azoteas, palliers, ascensores, recuperación y/o consolidación estructural.

Conjuntamente con el préstamo podrán otorgarse subsidios con destino a la limpieza, recuperación o pintura de fachadas. El porcentaje de subsidio tendrá relación con el monto del préstamo y dependerá de la situación socio-económica de los solicitantes y la valoración de los datos físico-arquitectónicos del inmueble.

Las inscripciones de la Oficina de Rehabilitación de Villa Dolores se realizarán en  “La Cuenca de Pocitos”, Rivera 3190, entre el 13 y el 24 de mayo de 2013, los días: lunes, miércoles y viernes de 11 a 15 hs.
Por informes:
Servicio de Tierras y Vivienda, tel.: 1950 1681 y 1950 1733, Piso 10 del Edificio Sede.